lunes, 15 de septiembre de 2014

jueves, 24 de abril de 2014

IMPUESTO DE LA RENTA 2013

Un año más nuestro despacho les ofrece el servicio de elaboración, asesoramiento y planificación sobre el Impuesto de Renta, tributo que ha sufrido numerosas modificaciones en estos últimos años de incertidumbre económica.

El plazo para presentar declaraciones finaliza el día 30 de Junio, siendo el día 25 el último día de presentación de declaraciones con domiciliación.

Entre los cambios más destacados encaminados a obtener una mayor recaudación,  destacan la aplicación del gravamen complementario, el gravamen sobre premios de loterías y la supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Por el lado de las medidas de estímulo económico, entre las medidas más importantes destacamos la ampliación del plazo para acceder a la reducción del 20% por creación o mantenimiento de empleo, reducción del 5% para los contribuyentes en estimación objetiva, reinversión de beneficios en la adquisición de determinados activos fijos, supresión del limite para la exención a la prestación por desempleo en pago único, así como la nueva reducción del 20% del rendimiento neto en actividades económicas en caso de inicio de actividad y fomento de nuevas contrataciones.

Si desea ponerse en contacto con nosotros solicite cita previa al 918906470.



viernes, 3 de enero de 2014

NOVEDADES SOBRE GESTIÓN DE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS AEAT


Se ha publicado recientemente la instrucción 6/2013, de 9 de diciembre, la novedad más significativa es la inadmisibilidad, con carácter general, de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de retenciones e ingresos a cuenta. No obstante, y de acuerdo con la normativa vigente, excepcionalmente dichas solicitudes podrán ser objeto de concesión cuando de los datos obrantes en las bases de datos de  AEAT, y de los aportados por el interesado, quede suficientemente acreditado que la ejecución de su patrimonio pudiera:

- afectar sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y el nivel de empleo de la actividad económica respectiva o,

- producir grave quebranto para los intereses de la Hacienda Pública.

martes, 10 de diciembre de 2013

SU CONTABILIDAD EN MANOS DE PROFESIONALES

Con relativa frecuencia las pequeñas empresas y microempresas no tienen en cuenta la importancia de llevar una contabilidad de calidad, aplicando los principios del Plan General Contable de una manera correcta.
Una contabilidad que represente la imagen fiel de la actividad de la empresa, nos puede ayudar a obtener financiación más fácilmente, así como ser una herramienta fundamental para la toma de decisiones.
 Le ofrecemos nuestros servicios de Contabilidad a la carta en función de las necesidades del cliente.

Solicite presupuesto sin compromiso.






lunes, 28 de octubre de 2013

EL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Una de las novedades más importantes tras la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de Septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, es la creación de la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada.

Aquel empresario o profesional persona física, podrá beneficiarse de limititar de responsabilidad su vivienda habitual por deudas contraídas frente a terceros a causa del ejercicio de su actividad.

Dicha limitación será aplicable siempre que el valor de la vivienda habitual no supere  300.000 euros, en caso de poblaciones de más de 1.000.000 de habitantes se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor anterior.
 La valoración de la vivienda se realizará conforme a lo dispuesto para calcular la base imponible del ITP y AJD.

La condición de emprendedor de responsabilidad limitada se adquirirá mediante inscripción en el Registro Mercantil correspondiente. El empresario deberá formular y depósitar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, y en su caso someter a auditoría las referidas cuentas anuales. 

El emprendedor inscrito deberá hacer constar en toda su documentación, con expresión de los datos registrales, su condición de “Emprendedor de Responsabilidad Limitada”, o mediante la adición de las siglas “ERL” a sus datos de identificación fiscal

viernes, 10 de mayo de 2013

SUSPENSION DE DESEMPLEO POR SALIDA AL EXTRANJERO NO SUPERIOR A 90 DIAS


SENTENCIAS DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 Y 30 OCTUBRE 2012 RECTIFICAN LA ANTERIOR POSICIÓN DOCTRINAL , Y SE ADOPTA LA SIGUIENTE INSTRUCCIÓN ÚNICA:

1.- LAS ESTANCIAS EN EL EXTRANJERO QUE NO SUPEREN 15 DÍAS, se continuará aplicando la misma gestión para salida al extranjero de beneficiarios de PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

2.- ESTANCIA EN EL EXTRANJERO POR MAS DE 15 DÍAS E INFERIOR A 90 DÍAS, COMUNICADA AL SEPE ANTES DE PRODUCIRSE O INMEDIATAMENTE DESPUÉS: SUPONDRÁ LA SUSPENSIÓN POR DESEMPLEO. SI NO SE COMUNICA AL SEPE DICHA SALIDA Y SE HUBIERA PERCIBIDO AL MENOS UNA MENSUALIDAD COMPLETA DE PRESTACIONES, SE APLICARÁ PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.

3.- EL TRASLADO DE RESIDENCIA AL EXTRANJERO, ES DECIR SUPERIOR A 90 DÍAS, IMPLICA LA EXTINCIÓN DEL DERECHO DE LAS PRESTACIONES, SALVO QUE SE ACREDITEN LAS CAUSAS DEL ARTÍCULO 6.3 DEL REAL DECRETO 625/1985 (búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional por periodo continuado inferior a doce meses), EN CUYO CASO, PROCEDERÁ LA SUSPENSIÓN, SIEMPRE QUE DICHO TRASLADO SEA INFERIOR A 12 MESES.

miércoles, 17 de abril de 2013

GUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA


Las solicitudes de CUSTODIA COMPARTIDA por parte de los hombres "se han disparado" en los últimos años, a raíz de la ley aprobada en el año 2005 que estableció como medida excepcional la posibilidad de que el juez dicte la guarda y custodia... compartida, aún cuando no hay acuerdo entre las partes, siempre que exista informe favorable de la fiscalía. Si este es su caso, solicite CITA PREVIA enviando un mail a laura@garzaasociados.com y nos pondremos en contacto con Usted